Pago de Aportes al SIP
COMUNICADO
Pago de Aportes al Sistema Integral de Pensiones – SIP
DEPENDIENTES
En cumplimiento al DS 4276 fecha 26 de junio de 2020, le informamos que
la Recaudación para los Asegurados Dependientes está establecida de la
siguiente manera:
·
El plazo
para el pago de contribuciones al Sistema Integral de Pensiones – SIP,
correspondiente a los periodos de cotización febrero, marzo y abril de 2020,
se amplía hasta el 31 de agosto de 2020.
·
El plazo
para el pago de contribuciones al Sistema Integral de Pensiones – SIP,
correspondiente a los periodos de cotización mayo, junio y julio de 2020,
se amplía hasta el 30 de septiembre de 2020.
·
El plazo
para el pago de contribuciones al Sistema Integral de Pensiones – SIP,
correspondiente al periodo de cotización agosto 2020, se amplía
hasta el 31 de octubre de 2020.
·
A partir
del periodo de contribución
septiembre 2020, el pago de contribuciones debe realizarse hasta el último día hábil del mes posterior a aquel que
devengan los sueldos o salarios de sus dependientes.
INDEPENDIENTES
a) Los periodos de
contribución abril, mayo, junio y julio deben efectuarse
hasta el séptimo día hábil
administrativo del mes de julio 2020.
b) A partir del periodo de
contribución agosto 2020, el pago de Contribuciones
de Asegurados Independientes deberá realizarse hastael quinto día hábil administrativo de cada mes,
conforme a normativa.