Traspasos
Es el acto en el cual un Afiliado Registrado, mediante la suscripción del Formulario de Traspasos, contrata servicios con una AFP distinta a la de origen. A partir del 1° de Mayo del 2002 el afiliado puede traspasarse libremente de una AFP a otra de acuerdo al Reglamento de la ley de Pensiones (D.S.24469 del 22 de Enero de 1997).
El traspaso normal implica efectuar el “Traspaso de Cuenta Individual” que consiste en la transferencia de:
- El capital acumulado en la Cuenta Individual del Afiliado Registrado, debidamente registrado.
- El archivo con los movimientos del Afiliado Registrado a la Cuenta Individual, excluyendo los aportes del Riesgo Profesional y Común desde su incorporación al SSO.
- Historia Previsional debidamente actualizada.
- Archivo de saldos en cuotas y bolivianos.
Requisitos para el Traspaso
- Llenar el formulario electrónico de traspasos en la AFP de destino.
- Presentar fotocopia del Documento de Identidad vigente del Trabajador.
- Cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 27 del D.S. 24469 y no estar contemplado dentro de las causales de rechazo definidas en el Artículo 5 de la Resolución Administrativa 015/98 emitida por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros , para lo cual agradeceremos consultar con el Ejecutivo Corporativo responsable de atender su empresa o dirigirse a cualquiera de nuestras oficinas.
