Pensiones y Seguros

Procedimiento de Pago de Compensación de Cotizaciones Mensual CCM

Futuro de Bolivia S.A. - AFP, BBVA Previsión AFP S.A. informan a los Beneficiarios del Pago Mensual Mínimo en curso de pago en el SENASIR lo siguiente:

  • a) En atención a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 065 de 10 diciembre de 2010 de Pensiones (Ley 065/2010) y el artículo 113 del Decreto Supremo Nº 0822 del 16 de marzo de 2011 (D.S. 822/2011), los Beneficiarios PMM cambian de beneficio PMM a CCM.

  • b) Para saber en cual AFP se encuentra registrado, el Beneficiario PMM podrá apersonarse por cualquiera de las oficinas regionales de las AFP portando su documento de identidad.

  • c) El pago correspondiente al mes de junio 2011 se realizará a travez de la AFP.

  • d) Para el cobro del mes junio 2011, los Beneficiarios PMM deberán apersonarse por las oficinas de la AFP donde el Asegurado PMM o Causante PMM se encuentre registrado a partir del 01 de julio de 2011.

  • e) Los hijos de dieciocho (18) años y hasta cumplir los veinticinco (25) años de edad, deberán presentar un certificado de estudio en la AFP hasta el quince (15) de junio, para acceder a la pensión o pago correspondiente a dicho mes.